La Parroquia Divino
Salvador es una institución Religiosa de la Iglesia Católica, ubicada en la jurisdicción eclesiástica de la Diócesis de Barrancabermeja, de la Conferencia Episcopal de Colombia, en la Región del magdalena medio; manifestación de la unidad de Jesucristo con su iglesia, es
decir, con sus feligreses quienes son su promesa de valor; además representa la
continuación del trabajo y el ministerio de los apóstoles ejercido a lo largo de
la historia.
Misión
La Parroquia Divino
Salvador tiene como misión entregar el amor de Dios de manera activa y real;
respetando la personalidad y libertad de cada uno de los individuos, brindando
las herramientas y coordinando la organización para la consecución de los
objetivos. Los obispos unidos a los sacerdotes y diáconos de forma especial,
teniendo una misión y papel definitivos, los laicos como el motor de
construcción de toda una comunidad, iglesia y/o movimiento y de la sociedad,
acogiendo el llamado de Dios al servicio de todo hombre y mujer necesitado, el
cual debe facilitar el éxito de los logros tanto personales como colectivos.
Visión
Su visión es integrar a
las personas trabajando y desarrollando tres aéreas fundamentales: espiritual,
personal y social; de forma más humana, articulada y proactiva, teniendo pleno
conocimiento de que todos somos y nos sentimos como hermanos, colaborándonos
los unos a otros en una verdadera fraternidad, en la cual uno es el apoyo del
otro, demostrando hechos reales de verdadera caridad y amor cristiano,
materializado en el servicio espiritual, social y personal, en el que todos
pueden ejercer liderazgo según sus dones y carisma, manifestando un compromiso
serio y trasparente con Dios.
Objetivo
General
Tener grupos de base sólidos organizados muy especialmente en la
localidad y la Regional Magdalena Medio logrando también la extensión en el
territorio nacional e internacional, con deseos de servir y llevar el mensaje
de Dios a la humanidad a través de hechos reales, fortaleciendo la línea
episcopal y sacerdotal de la Iglesia, dándole al laico una mayor
responsabilidad en su desarrollo personal y social, y donde todos los proyectos
sean conjuntos y bajo la guía de Dios y de los objetivos planteados por la
institución.
Objetivos
Específicos
Proyectar generalmente a la Congregación como medio para dirigir
todos los recursos disponibles en pro de ayudar al ser humano.
Ayudar a todos los miembros de la congregación en fraternidad,
amor y servicio, recordando las palabras de Jesús que nos invita servir, como
una familia con visión mundial.
Llevar a la realidad y de manera contundente y física los
valores, enseñanzas y mensajes de Jesucristo a la humanidad.
Socorrer a toda la humanidad como el objetivo más importante para
nuestra institución.
Marco
Legal
• Artículo 19 de la Constitución Política
que establece la libertad de cultos, el derecho de toda persona a profesar
libremente su religión y difundirla en forma individual o colectiva, y la
igualdad ante la ley de todas las confesiones religiosas e iglesias.
• Ley 25 de 1992 – Por medio de la
cual se desarrollaron los incisos 9, 10, 11, 12 y 13 del artículo 42 de la
Constitución Política.
• Ley 133 de 1994 – Desarrolla el
derecho a la libertad Religiosa y de cultos reconocido en el artículo 19 de la
Constitución Política.
• Decreto 1396 de 1997 - Aclara los
alcances de la Ley 133 de 1994 y del Decreto 2150 de 1995, estableciendo la
continuidad del reconocimiento de la personería jurídica de la Iglesia Católica
y de las entidades eclesiásticas erigidas o que se erijan conforme a lo
establecido en el Concordato de 1973, aprobado con la Ley 20 de 1974.
• Decreto 1455 de 1997 – Reglamenta
la Ley 133 de 1994 en el sentido de definir la labor de los representantes
legales de las iglesias suscriptoras del Convenio de Derecho Público para
certificar el nombre e identificación de los ministros de culto autorizados
para celebrar matrimonios con efectos civiles y área de su jurisdicción.
• Decreto 354 de 1998 – Por la cual
se aprobó el Convenio de Derecho Público Interno número 1 de 1997, suscrito por
el Estado con algunas iglesias, habilitándolas para celebrar matrimonios con
efectos civiles, entre otros temas.
• Decreto 1319 de 1998 - Reglamenta
la Ley 133 de 1994 en el sentido de definir los requisitos que debe exigir el
Ministerio del Interior para reconocer la personería jurídica especial a las
iglesias, confesiones y denominaciones religiosas, sus federaciones y
confederaciones, términos de evaluación y estudio de los documentos y toma de
decisiones, y archivo o rechazo de solicitudes.
• Decreto 1321 de 1998 - crea el
Comité Interinstitucional para la reglamentación de Convenios de Derecho
Público Interno, su conformación y funciones.
• Decreto 1066 de 2015 - Por medio
del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del
Interior. Incluye los derogados Decretos 782 de 1995, el cual Reglamenta las
Leyes 25 de 1992 y 133 de 1994, el Decreto 1396 de 1997, que Aclara los
alcances de la Ley 133 de 1994 y del Decreto 2150 de 1995, y los Decretos 1319
de 1998 y 505 de 2003, por medio de los cuales se reglamenta parcialmente la
Ley 133 de 1994.
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